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Revista Natura@economía
Introducción
Ante determinados daños ambientales,
la legislación aplicable en Estados Unidos
(CERCLA, 1980, OPA, 1990), países de la
Unión Europea (Council of the European
Parliament, 2004) y otros, prevé que se rea-
licen análisis de equivalencia. El causante
(u operador, en el argot de esta literatura)
del daño ambiental (incidente) debe reparar
completamente el medio (reparación pri-
maria) hasta dejarlo en el nivel de calidad
que tendría de no haberse dado el incidente
(estado básico). En caso de que no fuera
viable dicha recuperación, el operador debe
realizar una reparación complementaria de
forma que al nal no haya diferencia sensible
entre el estado real del medio ambiente y su
estado básico. Sin embargo, no es suciente
con volver al estado básico. Mientras eso
no llega, se sufren unos daños temporales.
A lo mejor el bosque tarda unas décadas
en volver al estado de madurez correspon-
diente, o la población de peces del lago unos
meses en recuperarse. Estos daños tempo-
rales, también llamados débitos, deben a su
vez compensarse con una mejora ambiental
(créditos) equivalente a cargo del operador;
es la llamada reparación compensatoria. El
cálculo de los débitos y los créditos equiva-
lentes recibe el nombre de análisis de equiva-
lencia. En denitiva la idea es que la sociedad
no note al nal ninguna pérdida, ni ganancia,
en calidad ambiental respecto a la ausencia
del incidente. O en términos de la legislación
norteamericana, que los ciudadanos se vean
plenamente compensados con las repara-
ciones.
El cálculo de débitos y créditos requiere una
unidad de medida común para poder esta-
blecer su equivalencia (Lipton et al., 2008).
Por ejemplo, se puede usar el número de
individuos de una especie o recurso, como
árboles de un determinado tipo, en el cálculo
de débitos y créditos, lo que da lugar a los
análisis recurso-recurso. O se puede analizar
en términos de servicios que da el ecosis-
tema afectado (análisis servicio-servicio).
Otra posibilidad es considerar el valor social
de los daños y la reparación, como reejo
de las pérdidas y ganancias de bienestar
(análisis valor-valor). Para ello, se suele esti-
mar primero el valor para la sociedad de la
pérdida ambiental temporal mediante alguna
técnica de valoración de bienes sin mercado,
y luego se diseña un programa de mejora
ambiental que sea percibido como del mismo
valor que el débito, lo que implica un segundo
ejercicio de valoración. En otras palabras, el
valor del débito obtenido en el primer ejerci-
cio da pie a la creación o diseño de un pro-
grama de restauración que se valora en un
segundo ejercicio para ajustar exactamente a
la cantidad de mejora ambiental (reparación
compensatoria) que tenga un valor social
equivalente al tamaño de los débitos. En
última instancia, el análisis de equivalencia
valor-valor consiste en determinar la cantidad
de reparación compensatoria (crédito) que
la sociedad requiere.
Este artículo muestra como ambos cálcu-
los, débito y crédito, pueden estimarse por
valoración contingente, un método que en
su formato dicotómico consiste en la presen-
tación mediante encuesta de un cambio en
un bien al que se asocia un pago que la per-
sona entrevistada acepta o rechaza (Mitchell
y Carson, 1989). La ilustración corresponde
a un incendio forestal en España, siendo ésta
una primera aplicación de análisis de equiva-
lencia por daños a sistemas forestales, dado
que la legislación en países con mayor tra-
dición, como los Estados Unidos, se centra
principalmente en daños ambientales pro-
ducidos por vertidos en agua (OPA) o daños
producidos por liberación de sustancias quí-
micas (CERCLA). No obstante, la ley Europea
incluye la protección a especies endémicas,