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La Rosa et al. / Natura@economía 5(2):144-157(2020)
Julio - Diciembre 2020
al mercado prevé el procedimiento de
internalización. Una vez internalizados, los
SE pasan a tener las características de bienes
económicos, es decir, pasan a tener derechos
de propiedad claramente denidos y precios
en el mercado (Chang, 2005).
Asimismo, cabe resaltar que si el nivel
óptimo de actividad económica, en términos
privados —a partir de un resultado de
mercado competitivo—, no coincide con una
asignación eciente, en términos sociales,
es porque el mercado está generando
benecios o costos externos que conllevan
a alteraciones en el bienestar de terceros; y
por tanto, existen posibilidades de mejoras
paretianas o ganancias en términos de
eciencia asignativa de recursos (Pearce y
Turner, 1990; Muradian et al., 2010; Callan
y Thomas, 2013).
La economía ambiental sostiene,
básicamente, que si el ambiente, que
antes era abundante, comienza a escasear
(degradación de SE, contaminación
antieconómica, etc.), se debe a la ausencia
de reglas claras aplicables al ambiente.
Entonces, si se consigue atribuir el verdadero
valor a los SE, éstos podrán ser gestionados,
como cualquier otro recurso económico
escaso. La economía ambiental trata de crear
las condiciones para que se pueda establecer
el intercambio mercantil de estos bienes, allí
donde antes no ocurría. Esto se conoce como
el proceso de internalizar las externalidades
(Pearce y Turner, 1990; Riera et al., 2016).
La identicación “exacta” de las
externalidades generadas por una
determinada actividad económica presenta
una dicultad signicativa debido a que
muchas veces sus efectos presentan larga
duración; es decir, permanecen en el
ambiente durante largos períodos y pueden
alterar el bienestar humano durante años,
décadas o incluso cientos de años. En el
extremo, si eso fuera así, las personas que
se verían beneciadas o afectadas por dichas
externalidades pueden incluso no haber
nacido aún y en ese caso no sería factible
hablar de una negociación entre las partes.
En el caso en que los costos de
transacción fueran superiores a los benecios
sociales, luego de la internalización de
las externalidades positivas vía MRSE, la
mejor asignación sería no implementar el
mecanismo, pues de esa manera se evitaría
una pérdida neta de bienestar. Bajo tal
escenario, el nivel óptimo de externalidad
sería el que incluya la falla de mercado
(antes del acuerdo MRSE). Por el contrario,
si los costos de transacción fueran inferiores
a los benecios sociales potenciales, se
llevaría a cabo el acuerdo MRSE; y por ende
se obtendría un nivel óptimo de externalidad
positiva. Sin embargo, en ambos casos, los
niveles de externalidad - cuando se logren
internalizarlas externalidades a través de los
acuerdos MRSE y cuando no- serían siempre
óptimos. Esto se conoce como la teoría no
falseable de la negociación coaseana (Pearce
y Turner, 1990).
Los costos de transacción que se generan
con mayor frecuencia en los procesos
de establecimiento de acuerdos MRSE
provienen principalmente de cuatro fuentes:
(i) costos de monitoreo y scalización, (ii)
costos de obtención de información relevante
para negociar, (iii) costos de oportunidad
de los negociadores (ingresos truncos,
tiempo, etc.) y (iv) costos de certicación
del cumplimiento de los acuerdos (Wunder,
2005; Riera et al., 2016).
Con relación a la concepción de
externalidades como fallas de mercado;
y a efectos de su corrección, se puede
señalar que el paradigma de Pigou reposa
sobre el papel del Estado como regulador
de externalidades, mientras que Coase
desestima la intervención estatal al restringir
el problema del costo social exclusivamente
al ámbito privado. La representación
del mercado de Coase se acentúa en el
derecho de propiedad, mientras que la
de Pigou, se acentúa en el precio. Estas